Solos ante la corte, el drama de
muchos niños inmigrantes
Por: Redacción
editorial@noticiali.com Algunos tienen menos de cinco
años y dicen su nombre con
difi cultad, pero eso no exime
a los niños separados de sus padres
en la frontera con México de comparecer
ante un juez de inmigración,
en muchos casos sin ni siquiera un
abogado.
La dura imagen de estos niños inmigrantes
solos ante el juez es una escena
cada vez más frecuente en las cortes de
inmigración de todo Estados Unidos.
“Son niños tan pequeños que cuando les
preguntas ¿Cómo se llama tu papá? Ellos
responden: ‘papá’. y ¿tu mamá?: ‘mamá’”,
dice Yliana Johansen-Méndez, abogada
del Immigrant Defenders Law Center.
La presencia de menores solos frente
a una corte de inmigración no es algo
nuevo, pero sí lo es que los convocados
a las audiencias sean niños de tan
corta edad como uno, dos o tres años.
“Antes teníamos jóvenes de 14 o 15
años que podían explicar a la corte sus
casos, sin embargo ahorita, con las separaciones
familiares que tuvimos en
la frontera, estamos teniendo más casos
de menores mucho más pequeños,
niños que apenas si pueden decir su
nombre”, dice la abogada.
Desde abril pasado, como parte de la
política de “tolerancia cero” contra la
inmigración ilegal que sigue la Administración
de Donald Trump, los niños
son separados de sus padres nada más
cruzar la frontera con México.
En medio de una ola de indignación
por esas separaciones, un juez de California
ha ordenado al gobierno que
entregue a los cerca de 3.000 niños
separados a sus padres y ha fi jado plazos
para ello, que en el caso de los 102
menores de cinco años se cumplía este
martes, si el magistrado no aprueba
una extensión.
“Sin sus padres, sin un familiar a su
lado, sin un abogado, estos niños están
realmente solos”, considera la abogada,
quien ha representado a varios de estos
menores en la corte.
Para que no comparezcan completamente
solos, abogados como Johansen
Méndez se presentan junto al menor
como “amigo de la corte” y en su
nombre solicitan al juez más tiempo
antes de que decida sobre su deportación,
con el argumento de que el niño
está en proceso de ser reunifi cado con
sus padres o entregado a un tutor legal
en los Estados Unidos.
Esos abogados están entre las pocas
personas que son testigos de las
audiencias, dado que estos casos son
vistos a puerta cerrada y solo frente
a un seleccionado grupo de personas.
“Sinceramente creo que muchos de ellos
ni siquiera entienden que están en una
corte de inmigración, la corte es un
lugar frío, donde solo están el juez, el
abogado del gobierno y los intérpretes,”
señala la abogada.
(Foto: EFE)
Cerca de 3.000 menores han sido separados de sus padres en la frontera con México.
Inmigrantes podrían impugnar órdenes de deportación
LPor: Abogado Eric Horn os recientes fallos de la Corte
Suprema darán como resultado
que muchos inmigrantes
puedan impugnar sus órdenes de
deportación.
El 21 de junio de 2018, la Corte Suprema
de los Estados Unidos emitió
una decisión que permitirá a muchos,
si no a la mayoría de los inmigrantes
que recibieron órdenes de deportación
(expulsión) por parte del Tribunal de
Inmigración, solicitar la reapertura
de sus órdenes de expulsión y procedimientos
ante el tribunal terminado.
Durante los últimos 21 años, cada
persona que ha sido llevada a un
procedimiento ante la Corte de Inmigración
ha sido procesada al recibir
un documento llamado “Aviso de
comparecencia”. (Anteriormente, el
documento se llamaba “Orden de
mostrar causa”). Estos documentos
entrega el Departamento de Seguridad
Nacional al inmigrante al que
indicará por qué debe ser removido
del país. Podrá alegar, por ejemplo,
el país de origen, que la persona no
está presente legalmente en EE.UU.,
si la persona ingresó con una visa o
sin inspección, y a menudo, la fecha
de entrada a EE.UU.
Signifi cativamente, el Aviso de
Comparecencia también debía indicar
la fecha, la hora y el lugar donde
el inmigrante tendría que comparecer
ante el juez de inmigración.
Sin embargo, la gran mayoría de los
Avisos no indicaron estos datos. El 21
de junio, la Corte Suprema dictaminó
que los Avisos que no indicaron
fecha, hora y lugar fueron defectuosos.
(El nombre del caso es Pereira
vs. Sessions).
Los inmigrantes que podrían tener
una orden de deportación deben obtener
una copia de su Aviso de Comparecencia
para determinar si pueden
reabrir sus antiguas órdenes de expulsión.
(Obviamente, esto debe hacerse
con la ayuda de un abogado).
Esto tiene dos consecuencias importantes.
En primer lugar, si no califi
ca para una reparación o si su caso
no es sólido, su abogado debería poder
rescindir el procedimiento de deportación
ante el juez de inmigración.
Segundo. Si el Aviso de Comparecencia
se atendió de manera
incorrecta y usted vuelve a abrir el
procedimiento, podría encontrarse
en una situación para califi car para
una exención para la cual la persona
anteriormente no era elegible. Esto
ocurre con mayor frecuencia para los
que ahora pueden califi car para la cancelación
de la expulsión de residentes
no permanentes.
Para que quede claro, le conviene
realizar un análisis más profundo de
su caso para determinar si desea buscar
la cancelación de la deportación o
la terminación de los procedimientos
de deportación, pero ambas opciones
estarían disponibles para usted en
ese escenario.
* Presidente y abogado principal de la
Ofi cina Jurídica de Eric Horn, P.C
6 • JULIO 12, 2018 INMIGRACIÓN
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