6 • 24 DE OCTUBRE 2019 INMIGRACIÓN
Revelan abuso a menores
inmigrantes detenidos en la frontera
Por: Redacción
Meditorial@noticiali.com iles de documentos ofi ciales
revelados por la Unión Americana
de Libertades Civiles
(ACLU), que incluyen el testimonio de
una niña supuestamente obligada a
desnudarse ante un agente migratorio,
demuestran años de abuso y negligencia
contra menores no acompañados,
asegura la organización.
Cerca de 35.000 páginas, que documentan
las denuncias contra agentes
de inmigración entre 2009 y 2014, fueron
obtenidos después de años de lucha
a través de la Ley de Libertad de Información
(FOIA). El reporte fue puesto
a disposición del público en la página
web de ACLUF-SDIC.
El informe contiene una amplia gama
de tipos de documentos ofi ciales,
que incluyen correos electrónicos de
agencias que describen quejas o investigaciones
y declaraciones juradas
de los empleados del Departamento
de Seguridad Interna (DHS),
entre otros.
Entre los miles de registros relacionados
con abuso o maltrato de menores
no acompañados bajo la custodia del
DHS destacan los 15.700 documentos
de la Ofi cina de Aduanas y Protección
Fronteriza (CBP, en inglés), que incluyen
86 archivos de audio que suman cerca
de 1.100 minutos y 7 archivos de vídeo.
Entre los vídeos destaca la entrevista
hecha a una niña, posiblemente
centroamericana, que describe cómo
un agente de la Patrulla Fronteriza la
obligó, innecesariamente, a bajarse los
pantalones y miró a través de su ropa
interior. Todo esto después de estar detenida
en la mitad del desierto.
Se enfatiza que esta historia es solo
uno de los muchos episodios documentados
en estos registros ofi ciales
del gobierno, de mala conducta de CBP
y abuso de autoridad. Los documentos
también salpicaron a agentes de la Ofi -
cina de Control de Inmigración y Aduanas
(ICE), pues dos de ellos se refi eren
a un incidente en el que un ofi cial de
esta agencia abusó verbalmente de los
menores migrantes.
El agente, que transporta a los niños,
los mandó a callar de forma agresiva
y amenazó con que “si seguía escuchando
algo más en la camioneta iba
a destrozar sus jodidas caras”. El informe
resalta que, como resultado de ese
incidente, el agente fue transferido a
un trabajo diferente pero permaneció
empleado por el DHS.
(Foto: EFE)
Cerca de 35.000 páginas documentan las denuncias contra agentes de inmigración
entre 2009 y 2014.
¿De qué se trata el Perdón por Presencia
Ilegal que fue expandido en agosto del 2016?
Por: Ana María Bazán
Leditorial@noticiali.com as personas que entraron ilegalmente
a Estados Unidos, o que
se les venció su estadía y estén
acumulando presencia ilegal podrían
solicitar este perdón. Deben tener una
aprobación de petición familiar o de
empleador, y si no la tienen se podría
procesar ahora.
El proceso del perdón provisional es
de tres pasos. Primero, se debe hacer la
petición familiar o de empleador, luego
hacer el perdón, y por último el proceso
consular. Aunque el perdón se hace
dentro de EE.UU. y se espera su aprobación
dentro del país, la persona debe
de todos modos ir a su país de origen
para la entrevista y la aprobación, así
regresan con su visa de inmigrante a
EE.UU. y luego reciben la residencia
por correo.
El 29 de agosto del 2016 el perdón
provisional por presencia ilegal fue expandido.
Ahora califi caran no sólo los
familiares inmediatos de ciudadanos
sino también todas las categorías de
preferencias de familiares, y de empleadores
incluyendo la lotería de visas
entre otros.
Bajo este reglamento, el perdón lo
podrán solicitar ciertos inmigrantes
indocumentados que tengan familiares
ciudadanos y residentes permanentes
de EE.UU., como esposos, padres, hijos
solteros y hermanos, entre otros.
También incluirán las peticiones de
trabajadores inmigrantes extranjeros,
incluyendo derivados. Esto incluye todo
tipo de preferencias para trabajadores
califi cados. Además califi caran los
viudos(as) o inmigrantes especiales.
Para este perdón, es necesario probar
sufrimiento extremo de los parientes.
Los parientes que deben probar perjuicio
extremo son solo padres o cónyuges
ciudadanos o residentes estadounidenses
del inmigrante. Es esencial que pruebe
sufrimiento extremo para el familiar
ciudadano o residente que ha califi cado.
La interpretación de sufrimiento extremo
es un análisis legal que solo su
abogado debe determinar muy cuidadosamente
con usted. Cada caso es
diferente. Tiene que ver con factores
de salud física y mental, económicos
y las condiciones en el país de origen,
entre otros factores.
Una abogada con experiencia puede
determinar si usted califi ca. Inclusive
las personas que tuvieron deportación
o remoción de los Estados Unidos también
podrían califi car para este perdón.
Necesitan consultar con una abogada
con mucha experiencia y conocimiento
sobre las leyes de inmigración. El
proceso no es fácil y no todos califi can.
Cuando hay cambios grandes hay engaños
grandes. Debe de asegurarse si
califi ca antes de hacer el perdón.
No se le recomienda que salga del
país para su entrevista salvo de que
(Foto: OAIMB)
esté completamente seguro que califi ca
y su perdón por presencia ilegal haya
sido previamente aprobado.
Si usted no tiene otras barreras que
le impidan ser residente entonces sí
podría hacer todo el proceso. Es imperativo
consultar con una especialista
honesta y confi able. No dude en llamar
a su abogada de confi anza Ana María
Bazán y hacer su cita. Puede llamar al
1 (718) 478-8583.
Ana María Bazán, Abogada de Inmigración.
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