28 DE OCTUBRE 2021 • 27
La ciudad de Hempstead se complace en anunciar los fondos disponibles para el alquiler y la
asistencia de servicios públicos a través del Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia
(ERAP) de la Tesorería de los Estados Unidos para los residentes de la ciudad de Hempstead. El
Programa está destinado a ayudar a los inquilinos que tienen dificultades para pagar su alquiler y los
servicios públicos / y los costos de energía del hogar debido a los efectos del COVID-19. El
Programa está siendo administrado por Long Island Housing Partnership (LIHP).
¿Quiénes pueden aplicar?
Los inquilinos pueden solicitarlo y los propietarios también. Si los propietarios aplican, los
inquilinos deben aceptar participar. Si los inquilinos aplican, los propietarios deben aceptar
participar también.
¿Cómo se evalúan a los solicitantes?
Los solicitantes serán revisados por orden de llegada, dándose prioridad a los hogares con
ingresos iguales o inferiores al 50% del ingreso medio del área de HUD, o a los hogares con uno o más
miembros que hayan estado desempleados durante más de 90 días antes de su solicitud.
¿Quiénes califican para la ayuda?
Para ser elegible, el hogar debe:
Estar alquilando en la ciudad de Hempstead como residencia principal incluyendo todos lo
pueblos, pero excluyendo la Ciudad de Long Beach)
Demostrar que una o más personas del hogar han calificado para beneficios de desempleo, han
experimentado una reducción de los ingresos económicos de la unidad familiar, han incurrido en
gastos importantes o han experimentado otras dificultades económicas debido al brote de
COVID-19 (ya sea directa o indirectamente);
Demostrar que el hogar está en riesgo de quedarse sin vivienda o de inestabilidad en la misma; y
Tener unos ingresos familiares iguales o inferiores al 80% de los ingresos medios de la zona del
HUD basados en los ingresos del año 2020 o los ingresos actuales proyectados para 2021. Las
pautas de ingresos varían según el tamaño del hogar. Por favor, vea la siguiente tabla.
• Alquiler actualalquiler futuro
• Gastos actuales y atrasados de los servicios públicos y de la energía del hogar
• Otros gastos relacionados con la vivienda (por ejemplo, gastos de reubicación como depósitos de
seguridad y cuotas de selección de inquilinos si un hogar ha sido desplazado debido a COVID-19)
Tamaño de la familia 80% de ingresos máximos 50% de ingresos máximos *
45,500
52,000
58,500
64,940
70,150
75,350
80,550
85,750
$ 72,750
$ 83,150
$ 93,550
$103,900
$112,250
$120,550
$128,850
$137,150
1
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3
4
5
6
7
8
La Ciudad de Oyster Bay se complace en anunciar los fondos disponibles para el alquiler y la
asistencia de servicios públicos a través del Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia
(ERAP) de la Tesorería de los Estados Unidos para los residentes de la ciudad de Oyster Bay. El
Programa está destinado a ayudar a los inquilinos que tienen dificultades para pagar su alquiler y los
servicios públicos / y los costos de energía del hogar debido a los efectos del COVID-19. El
Programa está siendo administrado por Long Island Housing Partnership (LIHP).
¿Quiénes pueden aplicar?
Los inquilinos pueden solicitarlo y los propietarios también. Si los propietarios aplican, los
inquilinos deben aceptar participar. Si los inquilinos aplican, los propietarios deben aceptar
participar también.
¿Cómo se evalúan a los solicitantes?
Los solicitantes serán revisados por orden de llegada, dándose prioridad a los hogares con
ingresos iguales o inferiores al 50% del ingreso medio del área de HUD, o a los hogares con uno o más
miembros que hayan estado desempleados durante más de 90 días antes de su solicitud.
¿Quiénes califican para la ayuda?
Para ser elegible, el hogar debe:
I. Estar alquilando en la ciudad de Hempstead como residencia principal (incluyendo todos los
pueblos, pero excluyendo la Ciudad de Glen Cove)
II. Demostrar que una o más personas del hogar han calificado para beneficios de desempleo, han
experimentado una reducción de los ingresos económicos de la unidad familiar, han incurrido en
gastos importantes o han experimentado otras dificultades económicas debido al brote de
COVID-19 (ya sea directa o indirectamente);
III. Demostrar que el hogar está en riesgo de quedarse sin vivienda o de inestabilidad en la misma; y
IV. Tener unos ingresos familiares iguales o inferiores al 80% de los ingresos medios de la zona del HUD
basados en los ingresos del año 2020 o los ingresos actuales proyectados para 2021. Las pautas de
ingresos varían según el tamaño del hogar. Por favor, vea la siguiente tabla.
1 $ 72,750 45,500
2 $ 83,150 52,000
3 $ 93,550 58,500
4 $103,900 64,940
5 $112,250 70,150
6 $120,550 75,350
7 $128,850 80,550
8 $137,150 85,750
Los fondos otorgados pueden utilizarse para lo siguiente:
• Alquiler actual, alquiler futuro y pagos atrasados de alquiler
• Gastos actuales y atrasados de los servicios públicos y de la energía del hogar
• Otros gastos relacionados con la vivienda (por ejemplo, gastos de reubicación como depósitos de
seguridad y cuotas de selección de inquilinos si un hogar ha sido desplazado debido a COVID-19)
¿Cuánto se puede otorgar?
Se pueden otorgar hasta 18 meses de ayuda con restricciones.
¿Cómo solicitar?
Para comenzar el proceso de solicitud, por favor envíe un formulario de admisión a LIHP que
está disponible en inglés y español en: https://www.li-hp.org/herapintake.html (inglés) o
https://www.lihp.org/ herapintake-SP.html (español). Los formularios de admisión deben ser
recibidos por LIHP antes de las 5:00 PM del 2 de de 202. Los formularios de
admisión pueden ser enviados en línea. Si necesita ayuda para enviar su formulario de admisión,
porfavor, utilice el Centro de llamadas de LIHP al 844-260-7541 o no dude en llamar a LIHP al (631)
435-4710. También puede enviar un correo electrónico a LIHP a OysterBayERAP@lihp.org.
¿Dónde puedo obtener información adicional?
La información detallada sobre el programa y los requisitos se establece en las Directrices
del Programa, disponibles en https://lihp.org/TOBerapintake.html (inglés), o
https://lihp.org/TOBerapintake-SP.html (español).
NOTA:Lea atentamente las directrices del programa.La presentación del formulario de
admisión no garantiza la elegibilidad. Los solicitantes deben cumplir con todas las
directrices del programa.
Se seguirán todas las Leyes de
Vivienda justa.
/TOBerapintake-SP.html
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