6 • 9 DE ENERO 2020 INMIGRACIÓN
¿Qué necesita un indocumentado
para tener licencia de conducir?
Por: Redacción
editorial@noticiali.com Los inmigrantes indocumentados
del estado de Nueva York ya
pueden hacer sus trámites para
obtener la licencia de conducir a
partir de la entrada en vigor de la ley
que así lo contempla, un documento
que también puede habilitar para
abrir una cuenta bancaria o según
sea el caso, alquilar un apartamento.
Con la aplicación de esta medida
(Green Light NY), efectiva desde el
14 de diciembre del 2019, el estado
neoyorquino se une a otros 12 estados
del país, a Washington D.C., y
Puerto Rico, donde ya existen leyes
que permiten a los inmigrantes sin
documentos acceder a las pruebas
para conducir.
Se calcula que en Nueva York viven
en torno a 940.000 inmigrantes
indocumentados que hasta ahora
no podían conseguir el permiso para
conducir, privándoles, como han
denunciado muchas organizaciones,
de la posibilidad de acceder, entre
otras cuestiones, a trabajos en los
que manejar un vehículo es necesario.
Para acceder a las pruebas necesarias
para obtener la licencia de conducir,
el solicitante no necesita informar
sobre su situación de residencia,
sino únicamente un documento que
pruebe su identidad. Este documento
puede ser un pasaporte en vigencia,
una licencia de conducir de su país de
origen, cuya caducidad no sea superior
a dos años, o un documento identifi
cativo entregado por el consulado
del país en Estados Unidos.
Si el solicitante no tiene número del
Seguro Social, simplemente deberá fi rmar
un documento en el que confi rma
que no puede solicitar uno. Asimismo,
deberá obtener un comprobante para
demostrar que lleva viviendo en el estado
de Nueva York durante al menos
90 días, con una tarjeta de identifi cación
municipal de los EE.UU.
Trámite y costo
Se debe acudir a una ofi cina del Departament
of Motor Vehicles (DMV) o
pedir una cita en la siguiente dirección
web: dmv.ny.gov. Una vez que el interesado
ha demostrado su identidad, deberá
seguir los trámites habituales para
conseguir la licencia.
Más de 900.000 inmigrantes en el estado de Nueva York ya se pueden benefi ciar de la
Ley Luz Verde.
Es decir, ser mayor de 16 años, pagar
una tasa que varía según la edad y el tipo
de licencia y aprobar un test escrito
y otro práctico. Las tarifas suelen variar
entre los 64,50 dólares y los 107 dólares
y se pueden pagar en efectivo, con cheque
o con tarjeta de débito o de crédito.
Se informa que hay una línea directa
de ayuda para nuevos estadounidenses,
en la que se puede pedir asesoría en
(Foto: EFE)
español y las conversaciones son confi
denciales: 1-800-566-7636
Cabe recalcar que la nueva ley estipula
que las autoridades estatales no
compartirán la información incluida
en las licencias de conducir, que no es
un real ID, a las autoridades federales
de migración sin la autorización de un
juez y que no utilizará los datos obtenidos
en el proceso con fi nes migratorios.
El Fraude de la “Ley de los 10 años”
Muchos abogados sin
escrúpulos han procesado
miles de estos casos
prometiendo obtener permiso
de trabajo y residencia en un
corto tiempo y sin explicarle
los riesgos. La “Ley de
los 10 años” oficialmente
conocida como cancelación de
deportación solo es legítima
como una defensa en corte de
inmigración.
Ahora la gran incógnita
es como muchos abogados
obtienen el permiso de trabajo
a las personas sin que estén en
proceso de corte. La respuesta
es que muchos abogados
corruptos someten un caso
de asilo, mayormente ficticio,
que eventualmente será
negado y trasferido a corte
de inmigración. Después de
someter el caso de asilo, se
solicita para un permiso de
trabajo. Cuando el caso ya esté
en corte de inmigración, los
abogados aplican la defensa
de los 10 años.
La residencia podrá ser
aprobada solo si el abogado
presenta un argumento real,
válido y el inmigrante cumple
con el requerimiento que implica
que los familiares calificados se
encuentren en sufrimiento
extremo. Caso contrario, el
caso será negado y el inmigrante
podría ser deportado.
Debido al incremento
masivo de los casos de asilo,
el servicio de inmigración está
acelerando su procesamiento.
Lo que quiere decir, que, si el
caso se niega, será transferido
a corte de inmigración
rápidamente. Si usted pierde
su defensa, corre el gran
riesgo de ser deportado. El
otro problema es que, si usted
miente en una solicitud de
asilo, nunca más será elegible
para un beneficio migratorio.
Para mayor información
comunicarse con la Oficina
Legal de la Abogada
Ana María Bazan, ESQ
al 718.478.8583.
Vamos ayudarlo a obtener su
residencia americana.
Ab. Ana María Bazán, ESQ
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